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De las producciones solamente concedió la exportación a país extranjero del aceite, prohibiendo la salida de todas las demás, y mandando que el arconte hiciera públicas imprecaciones contra los extractores, o en su defecto pagara cien dracmas al erario. Es la primera tabla la que contiene esta ley. Pueden muy bien no ir errados, dirá cualquiera, los que afirman que en lo antiguo era también prohibida la exportación de los hijos, y que parece haberse dado el nombre de sicofanta al que denunciaba a los exportadores. Dio igualmente ley sobre el daño que causan los cuadrúpedos, en la cual mandaba que el perro mordedor fuese entregado con una rastra de cuatro codos, en lo que parece haber consultado a la seguridad. Da también que pensar su ley acerca de los que habían de ganar el derecho de ciudadanos, porque no lo concedió sino a los que salían de su patria a destierro perpetuo y a los que se trasladaban con toda su casa para ejercer alguna arte. Dícese que lo dispuso así, no tanto por repeler a los demás, como por atraer a Atenas a los que daba seguridad de disfrutar aquel derecho; y esta confianza la ofrecían, los unos, habiendo perdido su patria por necesidad, y los otros, habiéndola dejado por una meditada resolución. Fue asimismo establecimiento propio de Solón la ley sobre comer en la casa del común, a lo que llamó asistir por veces al banquete, porque no quiso que uno mismo concurriese a él frecuentemente; y al que cuando le tocaba no quería asistir, le puso pena; teniendo lo primero por avaricia, y esto segundo por desdén y desprecio de las cosas públicas.

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