CAPITULO 12

Hay cuatro sentidos diferentes en los que podemos llamar a una cosa anterior a otra. Siempre que usamos el término anterior en su sentido propio y primario, es el tiempo lo que nosotros tenemos ante los ojos. De esta manera llamamos a una cosa más vieja o más antigua que cualquier otra, significando que su tiempo ha sido más largo.

En segundo lugar, el término anterior se puede usar cuando el orden de existencia entre dos cosas es fijo y no puede hacerse reversible.

Entre los números, el uno es anterior al dos. Pues, suponiendo que exista el dos, se sigue que debe de existir el uno. Por el contrario, la existencia del uno no implica la del dos. Y, en consecuencia, el orden de existencia no puede cambiarse ni es reversible. Así, entre dos cosas, llamaremos a una anterior, cuando precede a la otra en una secuencia irreversible.

En tercer lugar, usamos el término anterior respecto de un criterio de orden cualquiera. Ese es el caso de las ciencias, como lo es también de los discursos. En las ciencias que hacen uso de la demostración, tenemos lo que en su orden es anterior y lo que, por el contrario, es posterior. Tomemos por ejemplo la ciencia geométrica: los elementos, puntos, líneas, etc., son anteriores a las proposiciones o problemas. Y, de manera análoga, en la ciencia que llamamos gramática, las letras son anteriores a las sílabas. De igual manera, en el caso de un discurso, el proemio es anterior a la narración.

Además de los tres sentidos susodichos, cualquier cosa que sea mejor o más digna de estima, se dice que es naturalmente anterior.

Así la gente, en su lenguaje ordinario, hablando de aquellas cosas que más estima, las describe como primeras para ellos o como poseedoras de un sitio preeminente en sus afectos. De todas maneras, este uso parece ser el más extraño de todos.

Esos son, según creo, los cuatro sentidos distintos en que podemos usar el término anterior. Al parecer, aún podría darse otro fuera de los que acabamos de mencionar. Pues, en el caso de dos cosas, en que la existencia de la una implica o connota necesariamente la existencia de la otra, esa cosa que de alguna manera es la causa

puede, en consecuencia, considerarse en justicia como anterior a la otra por naturaleza. Casos de este tipo pueden hallarse claramente.

La existencia de un hombre, por ejemplo. implica necesariamente la verdad del juicio por el que se afirma esa existencia suya. Y también el caso inverso es así. Pues, si él existe, el juicio que afirme el hecho será verdadero. Y, al contrario, si el juicio es verdadero, el hombre a que el juicio hace referencia debe de existir: El juicio verdadero, sin embargo, no es en manera alguna la causa de la existencia esa del hombre; en cambio, su existencia podría parecer de alguna manera ser causa de la verdad de la proposición verdadera. Pues esta última se llama verdadera o falsa, según ese hombre exista o no exista.

Según eso, parece que utilizamos el término anterior en cinco sentidos distintos.

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